La DGT aprueba la norma que regula la circulación de megacamiones en España

Ya se ha establecido la norma de la Dirección General de Tráfico que fija los requisitos de los megacamiones para transitar por las carreteras españolas (consulte la normativa establecida el 12 abril). Casi cuatro meses después de la aprobación en el BOE de la circulación de este tipo de vehículos y tras llevar a cabo pruebas en tráfico abierto, la DGT ha puesto –por fin- negro sobre blanco las condiciones que impone a estos gigantes de la carretera.

La DGT determina que quien esté interesado en obtener una autorización para la circulación de determinados conjuntos de vehículos en configuración euro modular EMS (European Modular System), popularmente conocidos como megatrucks o megacamiones:

  • Deberá hallarse inscrito en el Registro de Empresas y Actividades de Transporte del Ministerio de Fomento y ser titular del permiso de circulación de los vehículos motrices o contar con una autorización expresa del titular de éste para ser utilizado en conjunto euro-modular.
  • Los módulos utilizados deberán constar en el registro de Vehículos de la DGT y deberán cumplir todos los requisitos establecidos en el Reglamento General de Vehículos para su puesta en circulación por vías de uso público.
  • El conjunto y sus módulos deberán disponer de espejos o detectores de ángulo muerto; sistema de advertencia de abandono de carril o asistencia de mantenimiento en el mismo, sistema electrónico de control de estabilidad y sistema automático de frenado de emergencia, entre otros.

Referente a itinerarios, para que un megatruck pueda circular por un determinado trazado deberá contar con un “informe favorable de los titulares de las vías en el que se establezca la capacidad física de la misma para soportar el paso de este tipo de conjunto” (recordemos que la capacidad máxima de este vehículo son 60 toneladas).

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Los megacamiones podrán circular por vías de un solo carril por sentido para llegar a los centros de carga y descarga.

No podrán circular por cualquier lugar

Su circulación queda restringida a “autopistas, autovías o carreteras convencionales con calzadas separadas para cada sentido de la circulación”. Sin embargo, hay que tener en cuenta que para la carga y descarga del megacamión sí podrán circular por vías convencionales de una sola calzada para los dos sentidos de la circulación.

La instrucción aprobada por la DGT fija que “los puntos de carga y descarga para los cuales se requiera la circulación por carreteras convencionales de una sola calzada para los dos sentidos deberán estar situados en polígonos industriales, centros logísticos o áreas similares”.

Velocidad máxima

Respecto al borrador de instrucción de la DGT –filtrado en enero– se ha elevado la velocidad máxima permitida que Tráfico para estos vehículos. Los megacamiones podrán circular “a 90 km/h en autovías y autopistas, a 80 km/h en vías convencionales que dispongan de arcén de 1,50 metros o más y a 70 km/h en el resto de vías fuera de poblado”.

También acota la norma que cuando los megacamiones rueden hacia/desde sus lugares de carga y descarga, por ejemplo, por vías de una sola calzada para los dos sentidos de la circulación, “no podrá adelantar a los vehículos que circulen a más de 45 km/h y deberán llevar alumbrado de cruce encendido o luces de conducción diurna”.

¿Qué tiempo hace?


La DGT establece que los megatrucks “deberán disponer de dos señales luminosas V-2 que irán situadas en los extremos superiores de la parte frontal posterior del mismo; así como las señales V-6, de vehículo largo, el distintivo V-23, de señalización de su contorno y demás dispositivos de señalización obligatorios para los vehículos dedicados al transporte de mercancías”.

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Las autoridades de Tráfico suspenderán la circulación de estos conjuntos de vehículos por carreteras convencionales de una sola calzada “cuando existan en el itinerario fenómenos meteorológicos adversos que supongan un riesgo para la circulación y, en todo caso, cuando no exista una visibilidad de 150 metros como mínimo, tanto hacia adelante como hacia atrás”. Tampoco podrán circular por estas carreteras si la Agencia Estatal de Meteorología haya activado “avisos por riesgo extremo de nivel rojo por viento si el conjunto circula con carga”, o “de nivel naranja si circula sin carga”.

Autorización

Las flotas que quieran contar con estos vehículos de 25,25m de longitud  habrán de presentar la correspondiente solicitud de autorización en su jefatura provincial de Tráfico. La DGT avanza que “en los próximos meses estará disponible la aplicación informática que permita la gestión automatizada de la misma”; actualmente ha de ser manual.

La vigencia de la autorización es de un año, tres meses antes de la fecha de expiración se podrá solicitar su prórroga siempre y cuando no varíe ningún dato en ella. Será de una vigencia inferior a un año si alguno de los titulares de la vía por la que desee circular el megacamión emite un informe de vigencia inferior.

Una vez autorizado, el vehículo podrá realizar los trayectos que desee, siempre que el titular “tiene la obligación de comunicar por correo electrónico a la DGT los viajes realizados, indicando el número de autorización concedido, fecha y hora de inicio y final de itinerario y longitud del mismo”.

Pruebas DGT

La DGT realizó una prueba el 3 de marzo testeando un conjunto de semirremolque más remolque con dos tractoras Scania de 520 CV y 450 CV, subiendo el puerto de Somosierra (ida y vuelta).

El diseño de la ruta se planificó buscando las condiciones más exigentes, ya que el conjunto afrontó pendientes de hasta el 8% y varios tramos con un 6-7% de desnivel –el trayecto, de ida y vuelta, comenzó en el kilómetro 37 de la A1 y terminó en el kilómetro 115 de la misma carretera–.

Se probaron una tractora Scania R 520 LA4x2MNA con un par motor máximo de 2.700 Nm y una Scania P 450 LA4x2MNA con un par motor máximo de 2.350 Nm. Ambas motorizaciones ofrecen el mejor rendimiento a bajas revoluciones.

En la prueba participaron Acotral, Scania, DGT e INSIA, Instituto Universitario de Investigación del Automóvil perteneciente a la Universidad Politécnica de Madrid.