Entornos urbanos: objetivo 30 km/h

LAS CIUDADES ESPAÑOLAS SE SUMAN A LA INICIATIVA DE LIMITAR LA VELOCIDAD EN SU CASCO URBANO A 30 KM/H. LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRÁFICO VA A ESTABLECER LA REDUCCIÓN DE LA VELOCIDAD MÁXIMA GENÉRICA PERMITIDA EN ZONAS URBANAS DESDE LOS 50 KM/H ACTUALES HASTA LOS 30 KM/H.

Según algunas de las conclusiones del Informe Horizonte C3: Ciudades Casi Cero, que ha presentado recientemente Fundación MAPFRE, el 64% de los siniestros con víctimas se producen en ámbito urbano. El 82% de los fallecidos en 2019 en vías urbanas fueron peatones y usuarios de vehículos de dos ruedas.

Estas razones pesan para que la agenda social y política contemple medidas de mejora de la seguridad vial en nuestras ciudades. Alrededor de una veintena de capitales de provincia españolas ya disponen, sea de manera total o parcial, en su casco urbano, de un límite de velocidad de 30 km/h. Entre ellas, Pontevedra, Bilbao, Zaragoza, Valencia o Málaga.

A este listado se suman nuevos miembros, capitales u otros municipios de la provincia. Otras importantes ciudades europeas, como Copenhague, Berlín, Bruselas o Viena, también han adoptado esa limitación.

 

Real Decreto 970/2020

No obstante, el punto de inflexión va a ser la reciente aprobación por el Consejo de Ministros del Real Decreto 970/2020, de 10 de noviembre, de medidas urbanas de tráfico. Reforma el Reglamento General de Circulación, fijando con carácter supramunicipal, estos límites de velocidad en zona urbana:

  • 20 km/h en vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera.
  • 30 km/h en vías de un único carril por sentido de circulación.
  • 50 km/h en vías de dos o más carriles por sentido de circulación.

No se contabilizan los carriles reservados para la circulación de determinados usuarios o de uso exclusivo de transporte público.

Estos cambios entrarán en vigor a partir del 12 de mayo del próximo año 2021, a fin de que los ciudadanos los conozcan de forma adecuada y para que las administraciones públicas dispongan de un plazo suficiente para adaptar la señalización

La autoridad municipal podrá rebajar estas velocidades genéricas previa señalización específica. De manera excepcional, mediante señalización al efecto, podrá aumentar la velocidad en vías de un único carril por sentido hasta una velocidad máxima de 50 km/h.

Según datos manejados por la DGT, estamos ante un escenario que se adapta a la regla del 80/20: las arterias principales de más de dos carriles suponen únicamente el 20% de las vías, pero aglutinan el 80 % del tráfico. Por otro lado, el 80% de las calles de nuestras ciudades soportan el 20% del tráfico urbano, y son éstas últimas, precisamente, hacia las que va dirigida la modificación.

Esta medida, entre algunos conductores, puede ser impopular y motivo de polémica. Sin embargo, su justificación y los objetivos que se pretenden conseguir con ella tienen varias vertientes:

  • El riesgo de fallecer tras un atropello se reduce al menos cinco veces si la velocidad del vehículo que impacta es de 30 km/h en lugar de 50 km/h. Como es lógico, también se reduce de manera importante la posibilidad de que el peatón resulte herido grave. Lo afirma la Organización Mundial de la Salud.
  • Las posibilidades de evitar un atropello son mayores circulando a 30 km/h que a 50 km/h. La distancia que necesita un vehículo para frenar y detenerse no tiene una relación lineal con la velocidad; aumenta de manera cuadrática con la misma; es decir, si duplicamos la velocidad, la distancia de frenado se multiplica por 4.
  • Disminución de la contaminación acústica.
  • Reducción de la emisión de contaminantes a la atmósfera.
  • Mejora de la convivencia con otros actores de la vía: peatones, ciclistas, usuarios de vehículos de movilidad personal, etc.
  • Es palanca de cambio para propiciar el uso de medios de transporte alternativos a los convencionales de carácter particular.

Susana Gómez, Subdirectora Adjunta de Vehículos de la DGT:

Con 8.000 ayuntamientos en España y gran heterogeneidad de regulaciones, se causa un enorme perjuicio al operador. Si a eso unimos la mayor presión de entregas domiciliarias por el COVID 19 y el incremento del comercio electrónico, urge regular el reparto de mercancías si queremos ciudades competitivas. Convivir con patinetes, bicicletas, motos y scooters, que ya son considerados vehículos de reparto, no es fácil. La logística de última milla (trayecto que ha de realizarse en la entrega final) ha pasado a ser del máximo interés para la DGT“, añadiendo que es uno de los objetivos de Tráfico para “contribuir a la pacificación de las ciudades poniendo al peatón como protagonista”.

Desde el Ministerio del Interior se trabaja en otras medidas: la mejora de la descarga urbana de mercancías, o paliar la siniestralidad en este sector. En los últimos años es un vector en crecimiento: en 2017 hasta el 20% del flujo circulante que generaba congestión en las ciudades se debía a este tipo de vehículos. Además, hasta un tercio de los gases del efecto invernadero también se debían a esta actividad y se había producido un aumento del 69% en los accidentes con furgonetas de reparto.