Plan 60, formulado por AEDIVE

Plan 60, formulado por AEDIVE

 

 

Aedive, Asociación Empresarial para el Desarrollo e Impulso de la Movilidad Eléctrica, ha presentado al Gobierno su “Plan 60”, con el que plantea medidas de excepción para afrontar la crisis derivada del COVID-19. Intenta mantener el objetivo de matricular, al menos, 60.000 vehículos eléctricos durante 2020 para cumplir los objetivos del PNIEC para 2030.

  1. Exenciones y deducciones de IRPF para aumentar las matriculaciones de vehículos eléctricos

El objetivo es matricular 60.000 vehículos al año que garanticen un total de 5 millones de vehículos eléctricos en 2030. Es imprescindible implementar una exención en el IRPF, Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, sobre las subvenciones personales percibidas por cualquier tipo de ayuda a la compra de vehículos eléctricos (sin límite del precio máximo del vehículo). También pueden aplicarse a nivel estatal deducciones en la cuota del IRPF sobre el coste de adquisición de vehículos eléctricos. (En algunas Comunidades Autónomas, como Navarra, Castilla y León o La Rioja, ya se ha hecho, con solo un máximo deducible).

  1. Bonificación del IVA en la compra de vehículos eléctricos

Aplicar un tipo reducido de IVA en la compra de eléctricos (como ya hacen otros países en Europa) incentivaría su venta, aumentando su cuota de mercado.

Así, un 10% de IVA, en turismos, y un 8%, en motos, facilitaría la compra, simplificando el sistema de ayudas.

  1. IVA reducido en los servicios de Movilidad Compartida

El sharing (o movilidad compartida) colabora con modos de transporte colectivos y públicos, es palanca para conseguir los objetivos de Movilidad Sostenible Urbana, y está en clara desventaja fiscal.

Es necesario crear un código CNAE propio para estos servicios de sharing, para diferenciar esta actividad económica de otras, diferentes en su operativa y características, pero que comparten la misma codificación como actividad económica.

  1. Eliminación del límite máximo de precio en el rendimiento en especie en el Impuesto de Sociedades

Si lo empleados eligen un eléctrico como vehículo de empresa, deberían tener incentivos favorables (en Alemania o Países Bajos estos han aumentado sus ventas).

Aedive propone eliminar el precio limite fijo de 40.000 euros y convertirlo en un base máximo deducible.

En relación a los planes de vehículos eléctricos a empleados como retribución en especie, se puede reconocer como máximo un porcentaje del 50% para uso personal.

En otros países (Reino Unido, Países Bajos, Alemania o Portugal) estas medidas han contribuido a un aumento de vehículos eléctricos en la flota empresarial, acelerando el mercado de segunda mano de vehículos eléctricos, actualmente inexistente en España.

  1. Deducción del 30% para compañías que inviertan en activos “verdes”

Deducciones ambientales en el impuesto de Sociedades aumentarían el compromiso del sector privado en la transición ecológica de España, hacia una movilidad libre de emisiones. Recuperar estas deducciones por inversiones en mejoras medioambientales pueden mejorar la competitividad del sector automovilístico español, en este período tan complicado.

Se propugna una deducción de un 30% para todas las empresas que inviertan en vehículos eléctricos, así como en su infraestructura de recarga, para fortalecer el compromiso privado con la transición ecológica en España. También, incluir en el régimen de empresas de reducida dimensión (ERD) del IS y en la tributación de actividades económicas del IRPF el régimen fiscal de libertad de amortización para los vehículos con cero emisiones o emisiones muy bajas que se dediquen exclusivamente a la actividad económica.

  1. Adaptar el Plan MOVES al nuevo contexto

Generar planes duraderos en el tiempo para comprar vehículos eléctricos cero emisiones es imprescindible para caminar hacia una movilidad limpia. Es ahora más necesaria que nunca la implementación de planes como el MOVES prolongados en el tiempo, y aumentar su presupuesto.

  1. Modificaciones en el Impuesto de Matriculación (IEDMT) y en el de Circulación

Ambos impuestos se han de mantener y diferenciados, pues cumplen objetivos diferentes: uno actúa en la decisión de compra y otro, en el uso del vehículo.

Aedive aboga por que todos los vehículos con emisiones de CO2 paguen el impuesto de matriculación, ampliándolo mediante nuevos tramos impositivos para cubrir los costes sociales de vehículos contaminante. Modificar los tramos actuales podría suponer una recaudación anual para las arcas públicas de entre 1.000 millones a 2.000 millones de euros, acercándose a la recaudación de 2007, la última vez que se modificó este impuesto.

Modificar el impuesto de Circulación pasaría porque no sólo dependiera de la potencia del vehículo y de las emisiones de CO2, también de las emisiones locales, “quien contamina, paga”.

  1. Exención en el impuesto especial sobre electricidad respecto a la electricidad para la recarga pública de vehículos eléctricos

El impuesto especial sobre la Electricidad (IEE) es de naturaleza indirecta, y recae sobre el consumo de la energía eléctrica. El hecho imponible es el suministro de energía eléctrica a una persona –o entidad– que la adquiere para su propio consumo, incluyendo tanto la prestación del servicio de peajes de acceso a la red eléctrica como la entrega de electricidad.

Se propone una exención en este impuesto para el supuesto de suministro de electricidad en los puntos de suministro vinculados exclusivamente a puntos de recarga de VE. Este tipo de exenciones ya están presentes en este impuesto de cara al fomento de determinadas actividades empresariales. Así, se fomentaría la instalación de puntos de recarga y la energía suministrada podría tener menor coste para el usuario.

  1. Exención en el IAE para la actividad de servicio de recarga

El impuesto de Actividades Económicas (IAE) se aplica tanto a autónomos como a sociedades, por el hecho de realizar una actividad empresarial, profesional o artística.

Para incrementar el servicio de recarga en España, y los puntos de recarga, se propone una exención en el IAE para esta actividad. Debe ser adicional a la vigente o día de inicio de actividad, pues estamos hablando de una actividad que es totalmente nueva y que va a necesitar de una ayuda adicional de más de 2 años, lo regulado en la actual exención de inicio de actividad.

En su defecto, se propone que:

  • No aplique la exención de dos años para esta nueva actividad, sino que se amplíe a más tiempo (aún es un mercado inmaduro cuyas inversiones no son rentables, pero sí imprescindibles para dinamizar el mercado).
  • Que el operador de carga pueda escoger cualquiera de los tres ámbitos del IAE (Municipal, Provincial o Nacional), de tal modo que, si es un operador pequeño y solo tiene un punto de recarga, pueda darlo de alta en la cuota del municipio; pero un operador nacional pueda acogerse a la cuota nacional y no hacerlo en cada municipio, dado que encarecería la inversión innecesariamente y lo haría inviable administrativamente.
  • Unido a los dos puntos anteriores, es necesario una cuota razonable y no prohibitiva que haga que solo por el hecho de tener que pagar el IAE no merezca la pena realizar la inversión del punto de recarga donde se estipule, dado que es un mercado en ciernes, donde priman los costes y hay muy pocos ingresos.
  1. Exención de cargos para puntos de recarga rápida de acceso público

Instalar este tipo de puntos de recarga se enfrenta a la barrera de unos costes fijos relevantes, debido a que el parque de vehículos eléctricos se encuentra en una fase muy inicial, lo que da lugar a una situación de inviabilidad económica. Uno de estos costes es el término fijo de la factura de electricidad, que puede suponer 5.000 €/año por cada punto de 50 kW. Por ello, el futuro Real Decreto de cargos debería cobntemplar, de manera transitoria, una exención de cargos para los puntos de recarga de acceso público.