Novedades del R.D.731/2020 sobre la gestión de neumáticos fuera de uso

 Novedades del Real Decreto sobre la gestión de neumáticos fuera de uso” fue el título del webinar de ADINE (Asociación Nacional de Distribuidores e Importadores de Neumáticos). Más de 150 profesionales, distribuidores, importadores y fabricantes, sistemas integrados de gestión de neumáticos fuera de uso, talleres independientes y redes de talleres de neumáticos especialistas, gestores de residuos de neumáticos fuera de uso, etc. quisieron conocer las novedades que introduce el Real Decreto 731/2020, que modifica el Real Decreto 1619/2005, sobre la gestión de los neumáticos fuera de uso, NFU.

Juan Ramón Pérez, presidente de ADINE, inauguró este coloquio, aplaudiendo la entrada en vigor, el pasado 8 de agosto, del nuevo Real Decreto 731/2020 sobre la gestión de los neumáticos fuera de uso. Un mayor control y transparencia en la cadena de producción, distribución y gestión de NFU para evitar el fraude.

Los principales cambios que introduce el nuevo Real Decreto 731/2020 son:

1- Ampliación del ámbito de actuación del sistema de gestión de los residuos procedentes de los NFU.

Se incorporan al sistema general de gestión a los neumáticos con diámetro superior a los 1.400 milímetros, prohibiéndose su depósito en vertedero. Se amplía la definición de productor incluyendo a los fabricantes en España de neumáticos recauchutados sobre carcasas importadas y a los importadores de neumáticos de segunda mano o recauchutados. También se añaden al sistema de gestión los neumáticos de segunda mano preparados para la reutilización y comercializados por los CAT para los que no se pueda justificar un adecuado tratamiento por un gestor autorizado. 

2- Alcance de la responsabilidad ampliada del productor.

El productor de neumáticos está obligado a gestionar cuantas veces resulte necesario y hasta su completa valorización los neumáticos fuera de uso generados por los neumáticos que fueron puestos por él en el mercado nacional de reposición.

3- Obligaciones que corresponden a los CAT.

Los neumáticos que llegan a los centros autorizados para el tratamiento de los vehículos al final de su vida útil no se ven afectados por lo previsto en el Real Decreto. Sí lo están aquellos neumáticos preparados para la reutilización y comercializados por el CAT, para los que el centro no pueda justificar que han sido gestionados por un gestor autorizado.

4- Mejora del funcionamiento del sistema de gestión.

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico define los criterios para asignar la responsabilidad de recogida y gestión que corresponde anualmente a cada sistema colectivo de responsabilidad por CC.AA. Se encomienda a las administraciones públicas y a las asociaciones, a trabajar por la formulación de un “Código Voluntario de Buenas Prácticas para la Gestión de los Neumáticos Fuera de Uso“.

5- Regulación del papel de los puntos limpios.

Existían problemas operativos en la recogida de los neumáticos fuera de uso (que terminan depositados en los puntos limpios). Se regula el procedimiento de recogida en ellos . 

6- Mejora de la información disponible sobre el mercado de neumáticos de reposición.

La nueva sección de Productores de Productos recogerá todos los productos que ponen neumáticos de reposición en el mercado nacional. De esta forma, se concreta la información que anualmente los productores deben comunicar al registro: tipos de cubiertas, cantidades en el mercado… Para la mejora de esta información sobre los resultados obtenidos en la gestión y tratamiento del residuo, se establece un sistema de información sectorial.

7- Mejora de la transparencia e información al consumidor.

Se definen los requisitos a cumplir para comercializar neumáticos de segunda mano y recauchutados, se regula la información de que debe suministrarse al consumidor, y la promoción de medidas de sensibilización a consumidores y generadores sobre la gestión adecuada de los NFU.

Todas las modificaciones del nuevo RD están en vigor desde el pasado 8 de agosto. Sólo el cumplimiento de las obligaciones para los productores de neumáticos con un diámetro superior a 1.400 mm será exigible a partir del 2 de enero de 2021 y la inscripción de los productores en el Registro de Productores de Productos debe realizarse antes del 2 de abril de 2021.

Continua pendiente la adaptación de la norma que regula la gestión de neumáticos fuera de uso a la legislación en materia de residuos. Se llevará a cabo tras la aprobación de la nueva Ley de residuos y suelos contaminados, que transpone la Directiva 2018/851/UE. El nuevo Real Decreto sobre Gestión de Neumáticos Fuera de Uso debe aprobarse antes del 5 de enero de 2023.